Vinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo SliderVinaora Nivo Slider

Dio lustre y brillo a nuestro principal evento, el Presidente de la FEDERACION MUNDIAL DE EMPLEADOS (F.M.E.) compañero Roel Rotshuizen, Eduardo Julio por FATFA como organización fraternal; habiendo recibido el apoyo y mandato de A.A.P.M. para las definiciones imprescindibles que hubo que debatir en el citado Congreso. La participación de los compañeros de las distintas delegaciones posibilitó profundizar los temas que hacen a la vida de la misma FETRALCOS y las características e idiosincrasia de cada sub región; lo que facilitó analizar las propuestas que elevaron todos nuestros hermanos latinoamericanos, cuya participación y capacidad quedó evidenciada en los Plenarios y Trabajo de Comisiones. En primer término se designó la Comisión de Poderes que tuvo a su cargo la verificación de credenciales de los delegados y Organizaciones presentes, siendo designados para esta tarea los compañeros: Damián Raventos (Argentina), Diones Sangalli (Brasil) y Erwin Koense (Curaçao) quienes posteriormente dieron su informe, aprobándose el mismo por unanimidad. Acto seguido se realizó la apertura de las deliberaciones, haciendo uso de la palabra los anfitriones Horacio Mujica y Sergio Neves (Brasil) quienes expresaron la bienvenida a todos los Delegados. Posteriormente, hicieron uso de la palabra la compañera presidenta Maritza Chireno y el compañero presidente de la F.M.E. Roel Rotshuizen, quienes apreciaron el esfuerzo realizado por todos, destacándose que éste es el Primer Congreso Autofinanciado.

Una vez aprobados los reglamentos, se pasó a elegir la Directiva del Congreso, recayendo la designación en los siguientes compañeros:

Presidente: Sergio Neves (Brasil)
Vice presidente: Alfredo Ferraresi (Argentina)
Secretarios: Marcos Daniel Rockenbach (Brasil), Edzel Albertus (Curaçao)
Director de Debates : Dora Berutti (Argentina)

Documento presentado por ADEF:

"La seguridad social en crisis"

Durante la década del 90, los planes del F.M.I., llevados adelante por los gobiernos neoliberales en América Latina, han provocado un colapso en las distintas áreas de la SEGURIDAD SOCIAL. Entendemos y analizamos sobre las mismas y comparamos las realidades de otros países, en especial de Europa. Las privatizaciones de nuestros sistemas de Seguridad Social comienzan con el Modelo CHlLE, antes de iniciarse la presente década, y queda en evidencia que todos los mecanismos sirvieron para enriquecer a los grandes grupos económicos, dejando el ESTADO de cumplir su rol, basado siempre en lo establecido en las distintas CONSTITUCIONES NACIONALES.

Los recursos que pertenecen a los Trabajadores, por paradoja han sido estatizados, por ello nuestra condena es permanente ya que nuestras cajas fueron vaciadas y saqueadas. Antes cuando los directorios estaban integrados en forma tripartita, los Trabajadores garantizábamos la prestación protegiendo en realidad en una política SOLIDARIA a todos los habitantes. Sin embargo, no debemos dejar sin explicar la implementación de la Doctrina de la Seguridad Nacional , que cambió el modelo en la década del 70 y 80, eliminando a las organizaciones sindicales a participar activamente, responsablemente y democráticamente en el organigrama diseñado para la gestión y administración de la SEGUIRIDAD SOCIAL con eficacia y transparencia administrativa.

Las políticas de Flexibilización laboral, que ocasionaron la pérdida de nuestros mínimos derechos, el aumento del trabajo clandestino o en negro, la creciente incorporación al cuentapropismo o a la implementación del sector no estructurado (informales les dicen) han eliminado todas las redes de protección y además han posibilitado al sector empresario, q"= pueda manejar nuestros aportes a su antojo bajándole además las obligaciones, que antes eran inviolables. El aumento extremo de la DESOCUPACION deja a millones de seres humanos sin ningún tipo de protección, y los que aún tenemos trabajo ya estamos viviendo la situación de incertidumbre en varias de las áreas de la SEGURIDAD SOCIAL.

  • Trabajadores Pasivos - Ley de Jubilaciones y Pensiones (capítulo aparte)
  • AFJP (Modelo chileno)
  • Servicios Médicos Asistenciales - Obras Sociales- Prepagas
  • Protección al Desocupado, Trabajadores Independientes y/o cuentapropistas
  • ART (Accidentes de trabajo)
  • Protección a la Maternidad
  • Vivienda digna para todos
  • Recreación y Turismo
  • Capacitación Profesional y distintas Áreas de la Educación

Todos estos aspectos y algunos que pueden aparecer en distintos países de América Latina, se han trastocado porque el ROL DEL ESTADO ha cambiado su función protectora y de Regulación del Sistema de la Seguridad, DESREGULARIZANDO en beneficio de los sectores privilegiados que concentran el Capital, siendo su vocero el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL, al que están entregados la mayoría de nuestros gobiernos. Paradójicamente, mientras todo se privatiza, el dinero de los trabajadores se estatiza. No olvidemos que para que esto se haga realidad y se imponga el Modelo Neoliberal, tuvieron que aplicar la Doctrina de la Seguridad Nacional , con las Dictaduras Genocidas que asolaron a nuestros pueblos. A sangre y fuego fueron imponiendo esta triste realidad de un Modelo de Exclusión social en que se encuentran millones de familias, que viven sin esperanzas de volver a un sistema de vida en que la SOLIDARIDAD dignifique a todos los habitantes de nuestras Naciones.

La SEGURIDAD SOCIAL ya está en manos de los Sectores Privados, la evasión empresaria es alarmante, además se robaron todos nuestros dineros y su anhelo es romper la cadena de la Solidaridad, que nosotros debemos recrear.

No obstante, los Gobiernos siguiendo los dictados del F.M.I. se aprestan a nuevas reformas, siempre dirigiéndose a la Privatización de todas las áreas de la Seguridad Social, desentendiéndose el Estado de cumplir el Rol de Protección, por no ser éste un tema que les resulte atractivo. Los próximos años tendremos mayores ajustes y nuevas formas de la Seguridad Social , siendo los menos los que tengan posibilidad de ser receptores de los beneficios que en años anteriores fueron positivos. Nosotros tenemos que buscar las respuestas.

Definitivamente estamos viviendo situaciones angustiosas, sin proyectos futuros que nos hagan pensar en gran- des cambios de las Políticas Económicas orientadas a superar la enorme desocupación, cuyo flagelo habrá que combatir con una política prioritaria, para reconstruir nuestros países latinoamericanos.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha efectuado una serie de acuerdos y recomendaciones que pueden sernos de utilidad para elaborar proyectos alternativos

Documento presentado por ADEF:

“ACUERDOS Y RECOMENDACIONES DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO”

Uno de los antecedentes importantes para el tratamiento del tema se debe sustentar en los Convenios realizados entre los Gobiernos, Empresarios y Trabajadores en la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Los mismos tienen distintas denominaciones: Recomendaciones – Acuerdos – Convenios- Disposiciones, que en estos últimos años han sido violados en una primera etapa por los Gobiernos de las Dictaduras Militares y luego en las Democracias Controladas y Restringidas a través de la política neo-liberal:

  • Recomendación sobre la Asistencia Médica , 1944 (Nº 69): Establece el principio de que todos los miembros de la comunidad deberían poder recibir una asistencia completa de carácter preventivo y curativo. En ella figuran sugerencias sobre los distintos métodos posibles de organización, que serán elegidos según el grado de desarrollo del servicio de asistencia médica y la índole de los problemas que hay que resolver. El instrumento insiste en la administración de la asistencia médica y su coordinación con los servicios generales de sanidad cuando éstos sean proporcionados por organismos distintos como, por ejemplo, el seguro social, los servicios generales de sanidad y los de asistencia social.
  • Convenio sobre la Seguridad Social (norma mínima), 1952, Nº 102: Abarca todo el campo de la Seguridad Social y distingue las siguientes contingencias: Estados que exigen asistencia médica, incapacidad de trabajo por causa de enfermedad, desempleo, vejez, accidente del trabajo, responsabilidad del mantenimiento de los hijos, maternidad, invalidez y muerte del sostén de familia. El Convenio permite la ratificación de un mínimo de tres contingencias, entre las que debe figurar obligatoriamente una de las siguientes: Desempleo, vejez, accidente del trabajo, invalidez o muerte del sostén de familia. En vez de especificar los medios por los cuales los Miembros que ratifiquen el instrumento proporcionarán la protección requerida, el Convenio se ocupa más bien de los objetivos buscados y acepta cualquier medio que permita alcanzarlos eficaz y apropiadamente. Así, por ejemplo, en algunas disposiciones admite los servicios suministrados con cargo al presupuesto nacional, por medio del seguro social obligatorio y de1 seguro facultativo. El Convenio permite que un estado miembro cuya economía y servicios sanitarios estén insuficientemente desarrollados autorice por su cuenta excepciones temporales en cuanto a las personas protegidas y limitaciones en la duración de la asistencia. Los miembros que ratifiquen el Convenio tienen que cumplir con las disposiciones muy generales, comunes a todas las contingencias, concernientes a la responsabilidad de los Estados Miembros por su propia administración de servicios médicos, el derecho de apelación por parte de los beneficiarios, la administración y las finanzas.
  • Convenio sobre Asistencia Médica y Prestaciones Monetarias de Enfermedad, 1969 (Nº 130): Combina disposiciones relativas a la asistencia médica y disposiciones relativas a la protección de los ingresos en caso de incapacidad para trabajar que resulte de una enfermedad e implique la suspensión de ganancias. Si bien es de la misma índole que los Convenios sobre seguridad social adoptados después de la guerra, este Convenio, contiene normas detalladas sobre las personas protegidas y la extensión y número de los servicios de asistencia médica, con las excepciones temporales impuestas por las condiciones de los países en vías de desarrollo. Pero contraria- mente a aquellos convenios, contiene menos puntualizaciones sobre las exigencias de tipo administrativo y sobre los métodos o medios por los que se aplicarán las normas. Si se lo compara con el Convenio N' 102 este instrumento prescribe una protección más amplia, tanto por lo que se refiere al número de personas como en cuanto a la variedad de los servicios de atención médica.
  • Recomendación sobre Asistencia Médica y Prestaciones Monetarias de Enfermedad, 1969 (Nº 134): Fue adoptada como complemento de las normas del Convenio N' 130. Se trata de un instrumento relativamente breve en el que se proponen objetivos más generales que los que figuran en el Convenio, ya que en éste se había tratado de mantener cierta flexibilidad que facilitara su ratificación por países con condiciones muy diversas.

Documento presentado por ADEF:

"FORMAS DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA MEDICA''

  • Recomendación Nº 69: La asistencia médica debería prestarla un servicio de asistencia médica del seguro social, completado por la asistencia social, a fin de satisfacer las peticiones de las personas necesitadas que aún no estén comprendidas en el seguro social, o un servicio de asistencia médica. El seguro social estaría indicado cuando el servicio se limite a una parte de la población o a una región específica, o cuando el régimen de cotización ya exista para otras ramas del seguro social y sea posible, ulteriormente, incluir en el régimen del seguro a toda la población o a la mayor parte de ella. Sería conveniente un servicio público, cuando el servicio deba amparar a toda la población y se desee unir la asistencia médica con los servicios generales de sanidad.
  • Convenio Nº 102 (Norma Mínima): El costo de las prestaciones concedidas en aplicación del presente Convenio y los gastos de administración de estas prestaciones deberán ser financiados colectivamente, por medio de cotizaciones o de impuestos, o por ambos medios a la vez, en forma que evite que las personas de recursos económicos modestos tengan que soportar una carga demasiado onerosa y que tenga en cuenta la situación económica del Miembro y la de las categorías de personas protegidas. E1 Miembro deberá asumir la responsabilidad general en lo que se refiere al servicio de prestaciones concedidas en aplicación del presente Convenio y adoptar, cuando fuere oportuno, todas las medidas necesarias para alcanzar dicho fin, deberá garantizar, cuando fuere oportuno, que los estudios y cálculos actuariales necesarios relativos al equilibrio se establezcan periódicamente y, en todo caso, previamente a cualquier modificación de las prestaciones, de la tasa de las cotizaciones del seguro o de los impuestos destinados a cubrir las contingencias en cuestión. El Miembro deberá asumir la responsabilidad general de la buena administración de las instituciones y servicios que contribuyan a la aplicación del presente Convenio. A los efectos del cumplimiento de las partes II, III, IV, V, VIII (en lo que se relaciona con la asistencia médica), IX o X "e este Convenio, todo Miembro podrá tener en cuenta la protección resultante de aquellos seguros que en virtud de la legislación nacional no sean obligatorios para las personas protegidas, cuando dichos seguros:
    • Estén controlados por las autoridades públicas o administrados conjuntamente por los empleadores y los trabajadores, de conformidad con normas prescritas;
    • Cubran una parte apreciable de las personas cuyas ganancias no excedan de las de un trabajador calificado de sexo masculino.
    • Cumplan, juntamente con las demás formas de protección, cuando fuere apropiado, las disposiciones correspondientes del Convenio.
    • Convenio Nº 130: Todo miembro deberá asumir la responsabilidad general respecto del suministro conveniente de las prestaciones que se conceden en aplicación de este Convenio y deberá adoptar todas las medidas necesarias a este efecto. Todo Miembro deberá asumir la responsabilidad general respecto de la buena administración de las instituciones y servicios encargados de la aplicación de este Convenio.-

Alfredo L. Ferraresi
Secretario Gral. Adjunto